¿Qué es la Acuicultura?

Es la  crianza de peces, moluscos, crustáceos o algas con intervención humana que se puede realizar en el mar, en los ríos, en tierra utilizando estanques. 

Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) la acuicultura es la técnica que permite aumentar la producción de animales y plantas acuáticas para consumo humano, por medio de cierto control de los organismos y de su medio ambiente.

En Chile, la Ley General de Pesca y acuicultura (LGPA) define la Acuicultura como la actividad que tiene como objeto la producción de recursos hidrobiológicos organizada por el hombre (LGPA N° 18.892 y sus modificaciones)

Sistema de Cultivo Extensivo

Los organismos se alimentan directamente desde el medio ambiente. Los cultivos extensivos más conocidos son los de organismos filtradores marinos, como ostras, almejas, choritos (mejillones) y  algas (macroalgas). Los que se realizan sobre fondos arenosos de áreas intermareales, o sobre estructuras apoyadas en el fondo. En ellos se procede a la siembra y el proceso de alimentación y engorde es natural. A pesar de ser sistemas extensivos, pueden alcanzar niveles de productividad muy elevados. En el caso de las microalgas (diatomeas, flagelados, etc), se cultivan en ambientes cerrados con control de condiciones físico-químicas.

Sistema de Cultivo Intensivo

Se debe alimentar a los organismos con intervención antrópica. Son cultivos más controlados y de mayor rendimiento. Acá podemos encontrar los cultivos de peces en jaulas flotantes directamente en el mar, o en ríos, sin ningún sistema de bombeo, pero se aportan alimentos. También pueden realizarse en instalaciones separadas del medio natural en tierra, en estanques o piscinas aisladas con sistemas técnicos de captación y emisión de agua, recirculación de agua, y con un control total del medio y de los individuos.

Fuente: FAO 2018; Subpesca 2020; Minecon 2001

¿Dónde están los recursos hidrobiológicos
que se cultivan en Chile?

Características de la Acuicultura

Calificada mundialmente como la alternativa más viable para incrementar el suministro de recursos pesqueros que demandará la humanidad para el presente siglo, es uno de los campos en los cuales nuestro país ha dedicado importantes esfuerzos, logrando que esta actividad se convierta en una de las más dinámicas e importantes del sector económico nacional (SUBPESCA, 2020).

La acuicultura se realiza a nivel mundial con el fin de:

  • Producir alimentos para el consumo humano.
  • Mejorar los stocks naturales por medio del reclutamiento artificial y del transplante.
  • Producción de peces para la pesca deportiva.
  • Producción de cebo para la pesca comercial y la recreativa.
  • Producción de peces ornamentales.
  • Producción industrial, de peces o productos pesqueros (por ejemplo, transformación en harina de pescado y fertilizantes; algas  para producción de ficocoloides; ostras para el cultivo de perlas).
Fuente: FAO, 2020
Fuente: FAO, 2020

Producción acuícola mundial, principales países

Acuicultura Placeholder
Acuicultura

La Acuicultura y la FAO

La FAO reconoce el rápido crecimiento de la contribución de la acuicultura a la seguridad alimentaria, aportando asistencia técnica a través de la implementación del Código de Conducta para la Pesca Responsable, el cual:

Promueve el desarrollo sostenible de la acuicultura, especialmente en los países en desarrollo, a través de un mejor desempeño ambiental del sector, la gestión sanitaria y la bioseguridad.

Proporciona análisis e informes periódicos sobre el estado del desarrollo de la acuicultura y las tendencias a nivel mundial y regional, compartiendo conocimientos e información.

Desarrolla e implementa políticas y marcos jurídicos eficaces que promuevan el desarrollo sostenible y equitativo de la acuicultura con mejores beneficios socioeconómicos. (FAO, http://www.fao.org/aquaculture/es/)

Una estrategia sostenible para la acuicultura necesita:

  • Reconocer el hecho de que los acuicultores obtengan un ingreso justo de su actividad.
  • Garantizar una distribución equitativa de los beneficios y los costos.
  • Promover la creación de mejora económica y empleo.
  • Asegurarse de que hay suficientes alimentos disponibles para todos.
  • Gestionar el medio ambiente en beneficio de las generaciones futuras.
  • Asegurar un desarrollo ordenado de la acuicultura, así como una buena organización por parte de las autoridades y la industria.

Regulación de la Actividad en Chile

Esta actividad se regula por la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), en donde se establece el marco legal para: importación de recursos hidrobiológicos, acceso a áreas para la acuicultura, concesiones, condiciones ambientales y sanitarias para su ejercicio, reglas para realizar acuicultura con fines científicos u ornamentales, infracciones y sistema sancionatorio.

 

La actividad se caracteriza porque diversas instituciones estatales cumplen diferentes tareas respecto de ella, siendo las principales: la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que regula la actividad y establece las condiciones técnicas bajo las cuales puede realizarse; la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorga la concesiones de acuicultura y dicta las áreas apropiadas para su ejercicio; el Servicio de Evaluación Ambiental, que junto a las comisiones de evaluación, participa en la evaluación ambiental de los proyectos; mientras que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y la Dirección General del Territorio Marítimo ejercen las labores de fiscalización. (SUBPESCA, 2020)

Bibliografía

  • FAO. 2018.  The State of World Fisheries and Aquaculture 2018 – Meeting the sustainable development goals. Rome. Licence: CC BY-NC-SA 3.0 IGO
  • MINECON 1991. Ley General de Pesca y Acuicultura, Ley 18.892 y sus modificaciones
  • MINECON  2001. Reglamento Ambiental para la Acuicultura RAMA, D.S. 320/2001
  • SUBPESCA 2020. Sección Acuicultura página web Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • http://www.fao.org/fishery/photolibrary/inicio/es/
  • FAO. 2020. El estado mundial de la pesca y la acuicultura 2020. La sostenibilidad en acción. Roma. https://doi.org/10.4060/ca9229es